Actualización de las medidas COVID19 aplicables hasta el 26 de abril a las 00.00 horas en la Comunidad de Madrid
19/04/2021 09:50 Noticias
La Orden 467/2021 establecida por la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid tiene por objeto establecer, con carácter temporal y excepcional, medidas específicas de contención y prevención necesarias para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 ante su evolución en determinados núcleos de población.
Las medidas establecidas en la presente Orden serán de aplicación a todas las personas que se encuentren o circulen, así como a aquellas personas que sean titulares de cualquier actividad económica, empresarial o establecimiento de uso público o abierto al público ubicado en los ámbitos territoriales afectados.
Dichas medidas comprenden:
- Límite de libertad de circulación de personas: entre 23:00 horas y 06:00 horas
- Cierre de establecimientos en la actividad deportiva: no podrá superar las 22:00 h
- Aforo máximo en centros e instalaciones de interior: 50%
- Práctica de activ. física y deporte NO FEDERADA: Grupos de máximo 6 personas y distancia mínima de 3 m. entre dichos grupos.
- Desplazamientos permitidos entre áreas restringidas, adecuadamente justificados, para: “asistencia a centros deportivos para recibir servicios deportivos desarrollados por preparadores físicos bajo prescripción facultativa.”
Círculo Gestores