Círculo de Gestores Deportivos de Madrid

Permisos retribuidos en las elecciones de la Comunidad de Madrid 

  12/04/2021 09:50 Noticias


La Consejería de Economía, Empleo y Competitividad de la Comunidad de Madrid, previo acuerdo con la Delegación de Gobierno de Madrid, ha establecido las medidas que han de seguirse en relación con los permisos retribuidos de las personas trabajadoras en las elecciones a celebrar el martes 4 de mayo 2021, convocadas mediante Decreto 15/2021, de 10 de marzo, de disolución de la Asamblea de Madrid y de convocatoria de elecciones.

El horario de apertura de las mesas electorales es de 9.00 horas a 20.00 horas, y dentro del indicado horario se establece:

1. Permisos retribuidos para las personas trabajadoras que participen como electores:

a) Las personas trabajadoras cuyo horario de trabajo no coincida con el de apertura de las mesas electorales o lo haga por un período inferior a dos horas: No tendrán derecho a permiso retribuido.

b) Las personas trabajadoras cuyo horario de trabajo coincida en dos o más horas y menos de cuatro con el horario de apertura de las mesas electorales: Disfrutarán de permiso retribuido de dos horas.

c) Las personas trabajadoras cuyo horario de trabajo coincida en cuatro o más horas y menos de seis con el horario de apertura de mesas electorales: Disfrutarán de permiso retribuido de tres horas.

d) Las personas trabajadoras cuyo horario de trabajo coincida en seis o más horas con el horario de apertura de las mesas electorales: Disfrutarán de permiso retribuido de cuatro horas.

2. Permisos retribuidos para personas trabajadoras que tengan la condición de presidente o vocales de las mesas electorales, interventores y apoderados:

a) Las personas que ejerzan de presidente, vocal e interventor tendrán derecho a permiso retribuido durante toda la jornada laboral correspondiente al día de la votación, si no disfrutan en tal fecha del descanso semanal, y de cinco horas en la jornada correspondiente al día inmediatamente posterior.

b) Cuando se trate de personas que ejerzan de apoderados, el permiso comprenderá únicamente la jornada correspondiente al día de la votación.

Más información BOCM, de 29 de marzo  >>>

 

Círculo Gestores

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